Cepeda La Mora se encuentra a los pies de la Sierra de Villafranca en su vertiente sur, a 1504 metros de altitud. Desde el lugar suelen llegar los excursionistas para ascender a la Serrota alcanzando una altitud de 2292 metros. Emblema de la villa es el rollo jurisdiccional que se ha llevado a su escudo de armas. Este monumento histórico se levanta frente al ayuntamiento. El rollo jurisdiccional se vincula a época de la repoblación, durante la reconquista, cuando el rey cedía los derechos de justicia a los señoríos de la nobleza. Eran, por tanto, símbolo de Justicia y su origen se fecha a finales del siglo XIV y principios del XV y se construirán hasta bien entrado el siglo XVII. Solía adornarse con los escudos o blasones familiares del señor de la villa. Los que hemos encontrado son todos de granito. A partir del siglo XVI se pierde esa ornamentación y de forma progresiva se convierte en sencillos monumentos que llegarón a simplificarse en extremo, decorándose sólo la parte más alta con una simple bola.
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| Rollo Jurisdiccional de Cepeda La Mora en piedra berroqueña local |
La cartela que se encuentra junto al rollo, nos ofrece esta descripción: "El monumento está construido en piedra granítica del entorno y lo conforma una grada (tres escalones de forma circular), una columna con basa de sencilla moldura, fuste cilíndrico, donde se adivina una inscripción con la fecha de su construcción, y capitel (que obstenta escudos ahora ilegibles) y un remate troncocónico acabado en bola."
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| Fecha de 1796 grabada en el sillar del fuste del rollo |
El Rollo de Cepeda de La Mora se erige en 1796, como símbolo de jurisdicción, para conmemorar la concesión de villazgo el año anterior al obtener la segregación del señorío de Villatoro y por tanto la concesioón plena de autonomía administrativa y jurisdiccional sobre sus límites territoriales, sus bienes y habitantes.
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| Capitel del rollo, en él se aprecia un escudo ilegible, coronado por una bola |
A partir del siglo XIX tienden a desaparecer en cumplimiento de un Decreto de las Cortes de Cádiz de 1811 por el que se derogan los derechos jurisdiccionales de la nobleza y los señoríos; y, en 1813 por un nuevo Decreto se ordena la demolición de todos los signos de vasallaje como rollos, picas y blasones, desmontándose muchos de ellos para pasar a formar parte de las canteras locales para nuevas edificaciones. Tras la derogación del señorío, según el Diccionario de Madoz (1847), Cepeda La Mora pertece al Partido Judicial de Piedrahita. A mediados del siglo XX estos símbolos se protegen como bien de interés cultural, tal como nos recuerda la cartela: El Rollo tiene protección como Bien de Interés Cultural por la declaración genérica incluida en el Decreto 571/1963, de 14 de marzo, sobre protección de los escudos, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y piezas similares de interés histórico-artístico.
En muchas ocasiones se suele confundir el rollo jurisdiccional con las picotas, que es el lugar donde se ejerce la Justicia, mientras que el jurisdiccional es el símbolo. En parte la confusión viene dada por el hecho de que para ahorrar los costes de construir de una picota, se utilizaba el rollo jurisdiccional para ejecutar las sentencias, siempre en casos de delitos menores. Esta errónea interpretación la podemos comprobar en la cartela del rollo de Cepeda La Mora en la que se representa a un bandolero homenajeando a un colega que ha sido ejecutado cuya cabeza se muestra en la picota de un cruce de caminos.
Para esta entrada, además del texto de la cartela informativa que hay junto al rollo, he consultado la siguiente documentación:
Hablamos de Rollos Jurisdiccionales, Fondón Ramos, Teodoro, en arqueogestión.com















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